En muchas ocasiones, se da la situación en la que el Administrador del Consorcio decide invertir fondos excedentes o el fondo para fines determinados para preservarlo o generar un ingreso adicional utilizando alternativas como los fondos de inversión.
En realidad, dado que el Consorcio no tiene fines de lucro, los fondos esta destinados al mantenimiento de la propiedad y la atención de los gastos requeridos para su adecuado funcionamiento.
Es por eso, que no es aconsejable la inversión en fondos de tipo especulativo, que siempre incluyen el riesgo de la pérdida del capital.
De todos modos, cualquiera sea el tipo de inversión, debe requerirse la aprobación de la Asamblea antes de tomar cualquier decisión y no perder de vista que el objetivo del Consorcio es administrar los gastos ordinarios y extraordinarios y por lo tanto los
fondos deben ser manejados con una actitud conservadora evitando las inversiones de riesgo y optando, en todo caso, por los depósitos a plazo fijo.
